Abogado Ley Segunda Oportunidad en Tenerife

En J.A. Fuster & Asociados contamos con un equipo técnico con amplia trayectoria en derecho concursal, fiscalidad, auditoría y reestructuración. Ayudamos a personas que no pueden hacer frente a sus deudas a liberarse de ellas mediante un procedimiento legal y eficaz: la Ley de Segunda Oportunidad.

Nos encargamos de todo el proceso de forma técnica, segura y personalizada, con un equipo multidisciplinar que combina conocimientos jurídicos, contables y económicos.

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¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

Se trata de un procedimiento regulado por la Ley Concursal que permite a personas físicas y trabajadores autónomos cancelar sus deudas cuando no pueden pagarlas. En muchos casos es posible conservar la vivienda habitual o el vehículo si se aplica correctamente.

Desde su reforma en 2022, la Ley de Segunda Oportunidad se ha simplificado, reduciendo los plazos y facilitando el acceso a la exoneración de deudas.

Cómo trabajamos en J.A. Fuster & Asociados

Analizamos cada caso de forma individual, valorando todos los aspectos financieros, contables y jurídicos del cliente. Nuestro enfoque se basa en:

Ventajas de este procedimiento

1

Cancelación total o parcial de deudas bancarias, préstamos, tarjetas y proveedores

Posibilidad de conservar tu vivienda habitual

2

Protección contra embargos y ejecuciones

3

Fin de las llamadas de acreedores

4

Tranquilidad económica y nueva oportunidad

5

Requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad

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Tramitación en Tenerife y su entorno

Desde J.A. Fuster & Asociados gestionamos expedientes en toda la isla de Tenerife, incluyendo procedimientos ante los juzgados mercantiles competentes. Conocemos los plazos, criterios y documentación que exigen los tribunales de la provincia y adaptamos nuestra estrategia a cada jurisdicción.

Hemos tramitado procedimientos en:
Santa Cruz de Tenerife, La Laguna, Arona, Granadilla de Abona, Adeje, Los Realejos, Puerto de la Cruz, San Cristóbal de La Laguna, y otras localidades.

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Documentación necesaria

Nos encargamos de ayudarte a reunir toda la documentación clave:

Por qué elegir J.A. Fuster & Asociados

Más de 30 años de experiencia profesional

Especialización técnica en derecho concursal y fiscal

Equipo formado por abogados, economistas, auditores y expertos contables

Tramitación rigurosa, con enfoque estratégico y personalizado

Comunicación fluida y seguimiento durante todo el procedimiento

Total exonerado
0

Solicita tu estudio gratuito hoy mismo

Si te encuentras en situación de sobreendeudamiento y vives en Tenerife o en cualquier municipio de la isla, contacta con nuestro equipo. Realizaremos un análisis gratuito para confirmar si puedes beneficiarte de la Ley de Segunda Oportunidad.

Información básica sobre Protección de Datos: El responsable del tratamiento es J.A. Fuster & Asociados, S.L.P. La finalidad del tratamiento es atender su solicitud y, en su caso, enviarle comunicaciones comerciales. La legitimación se basa en el consentimiento del interesado y el interés legítimo del responsable. No se cederán datos a terceros, salvo obligación legal. Tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir sus datos, así como a ejercer otros derechos indicados en la información adicional, dirigiéndose a info@jafuster.com. La procedencia de los datos es el propio interesado. Puede consultar más información en www.jafuster.com.

Preguntas frecuentes sobre abogado Ley Segunda Oportunidad en Tenerife

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad y cómo se aplica en Tenerife?

Es un procedimiento legal que permite cancelar deudas a personas físicas y autónomos que no pueden afrontarlas. En Tenerife se tramita en los juzgados mercantiles, conforme a la normativa concursal vigente a nivel estatal.

Cualquier persona residente en Tenerife que esté en situación de insolvencia, tenga más de un acreedor y cumpla los requisitos legales de buena fe y tope máximo de deuda (5 millones de euros).

Deudas bancarias, préstamos personales, tarjetas de crédito, facturas impagadas, deudas con proveedores e incluso deudas con Hacienda y la Seguridad Social (hasta 10.000 € por cada organismo).

Sí. Tener bienes no impide acogerse, pero influye en la estrategia: puede optarse por liquidación o por un plan de pagos. Estudiamos tu caso y te proponemos la mejor opción.

Dependerá de si se liquida el patrimonio o se presenta un plan de pagos. La media está entre 6 y 12 meses. En procedimientos más sencillos, el plazo puede ser menor.

Informe CIRBE, certificados bancarios, declaraciones de la renta, nóminas, escrituras de bienes, listado de acreedores, contratos de préstamo, entre otros. Nosotros te ayudamos a reunir todo.

Sí, si optas por la exoneración con plan de pagos y se cumplen ciertos requisitos (como que la cuota sea asumible). En muchos casos, el juez permite mantenerla.

Sí, hasta un máximo de 10.000 euros con cada organismo. El resto debe incluirse en un plan de pagos, aunque también puede reestructurarse.

Es la resolución judicial que otorga la cancelación definitiva de las deudas (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho). Es el objetivo final del procedimiento.

Sí. No se exige estar sin empleo. Lo importante es que los ingresos no sean suficientes para pagar la deuda acumulada.

Durante el proceso puedes figurar en ficheros de morosos. Sin embargo, tras el BEPI, las deudas se cancelan y los registros deben actualizarse. Esto mejora tu situación financiera.

En la mayoría de los casos no es necesario acudir al juzgado. Nosotros nos encargamos de todo. Solo en casos excepcionales puede haber ratificaciones o vistas.

Si el incumplimiento no es voluntario y puedes justificarlo, es posible solicitar una revisión. En algunos casos se concede igualmente la exoneración.

Sí. Podemos ayudarte a identificarlos solicitando el informe CIRBE y revisando la documentación bancaria.

Permite frenar embargos, cancelar llamadas de cobro, comenzar de cero sin deudas y recuperar tu estabilidad económica con el respaldo de un marco legal.

Sí. La Ley exige la intervención de abogado y procurador. En J.A. Fuster & Asociados asumimos todo el procedimiento legal y documental para que no tengas que preocuparte de nada.

Sí, aunque en estos casos es importante analizar bien la situación patrimonial. Puede afectar al cónyuge y requerirse su consentimiento o participación en el procedimiento.

Los juzgados no cobran tasas por este procedimiento, pero sí existen honorarios profesionales. En J.A. Fuster & Asociados ofrecemos presupuestos cerrados y facilidades de pago.

Sí. El procedimiento se puede iniciar aunque ya hayas hecho intentos previos de acuerdo, incluso si fracasaron o no fueron aceptados por los acreedores.

Solo tienes que contactar con nuestro despacho. Haremos un estudio gratuito de tu caso y te guiaremos desde la primera documentación hasta la resolución judicial de cancelación.